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El Govern aprobó, el pasado 2 de febrero, el decreto que regula los requisitos para ejercer la actividad de agente inmobiliario y la creación del Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña. Constituido con el objetivo de aportar más transparencia al mercado inmobiliario y garantizar la protección a los consumidores, este registro será público y de carácter obligatorio. Deberán inscribirse en él todos los profesionales y las empresas que se dedican habitualmente y de manera retribuida a “prestar servicios de mediación, asesoramiento y gestión en transacciones inmobiliarias en relación con operaciones de compraventa, alquiler, permuta o cesión de bienes inmuebles y de los derechos correspondientes”. Afectará, pues, a los cerca de 10.800 agentes inmobiliarios que operan oficialmente en Cataluña en la actualidad.
La inscripción en el Registro, el primero de este tipo que existirá en el Estado español, permitirá homologar a los agentes inmobiliarios que desarrollan su actividad con establecimiento público en Cataluña y acreditará que reúnen las condiciones de calidad necesarias para ejercerla. La Secretaria d’Habitatge, que tendrá la titularidad de este Registro, se encargará de controlar el cumplimiento de las condiciones de la inscripción, informará y dará acceso público a los datos que figuran en él y podrá acordar la suspensión o cancelación de oficio de la inscripción.
El decreto entrará en vigor cuando se publique en el DOGC; a partir del mes siguiente a la publicación se establecerá un período transitorio de seis meses para permitir que todos los profesionales se adapten a los nuevos requerimientos que exige el decreto y para permitir que sigan operando. Durante ese período se podrán realizar las inscripciones con declaración responsable; posteriormente se verificarán los datos. La inscripción en el Registro tendrá una duración indefinida, aunque la Administración implantará sistemas de revisión periódica.
Para inscribirse en el Registro, los agentes inmobiliarios deberán acreditar su formación. En este sentido, será necesario que tengan una titulación universitaria relacionada con las ramas de las Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura, o bien certificados de asistencia a cursos de formación en materia inmobiliaria. Además, deberán constituir una garantía y contratar un seguro.
Las solicitudes de inscripción en el Registro se podrán realizar de manera individual o colectivamente a través de los colegios y asociaciones profesionales. La gestión de las inscripciones se facilitará en las dependencias de Adigsa y en las Oficinas de Gestión Empresarial de la Generalitat de Catalunya
Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Tarragona
C/Cañellas Nº3, 1r 43001 TARRAGONA
Telf. 977 23 58 20 - Fax. 977 24 33 21