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Publicado en el DOGC el Decreto 12/2010, de 2 de febrero, por el cual se regulan los requisitos para ejercer la actividad inmobiliaria y se crea el Registro de Agentes Inmobiliarios de Catalunya, que es obligatorio y entrará en vigor el próximo 9 de marzo de 2010.
A partir de esta fecha, todos los agentes inmobiliarios operativos en Catalunya tendrán un plazo de seis meses para solicitar su inscripción en el Registro y acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Hasta que la Agencia de la Vivienda de Catalunya, organismo encargado de la gestión del Registro, no esté operativa, las inscripciones se realizarán en Adigsa o en las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) del departamento de Innovación, Universidades y Empresa.
Los agentes de la propiedad inmobiliaria colegiados podrán inscribirse colectivamente, puesto que su condición de colegiados ya implica el cumplimiento de los requisitos solicitados por el Registro, por lo que el Colegio realizará todos los trámites de inscripción en bloque.
Pueden consultar el Decreto en el pdf adjunto.
Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Tarragona
C/Cañellas Nº3, 1r 43001 TARRAGONA
Telf. 977 23 58 20 - Fax. 977 24 33 21